16 de diciembre de 1996. Unión de hecho more uxorio. La promesa de matrimonio no sirve de fundamento al resarcimiento de los daños y perjuicios. Aplicación del artículo 1.902. Exclusión de daños morales. Atribución temporal al uso de la vivienda familiar al miembro de la pareja no titular de la misma
Revista:
Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil
ISSN: 0212-6206
Ano de publicación: 1997
Número: 43
Páxinas: 401-414
Tipo: Artigo