16 de diciembre de 1996. Unión de hecho more uxorio. La promesa de matrimonio no sirve de fundamento al resarcimiento de los daños y perjuicios. Aplicación del artículo 1.902. Exclusión de daños morales. Atribución temporal al uso de la vivienda familiar al miembro de la pareja no titular de la misma

  1. García Rubio, María Paz
Revista:
Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil

ISSN: 0212-6206

Año de publicación: 1997

Número: 43

Páginas: 401-414

Tipo: Artículo

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