Incapacidad permanente y visión monocularla relevancia de los riesgos laborales propios de la profesión habitual a la hora de determinar su grado. A propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo 731/2023, de 10 de octubre
-
1
Universidade de Santiago de Compostela
info
ISSN: 2386-7191
Ano de publicación: 2024
Número: 38
Páxinas: 181-188
Tipo: Artigo
Outras publicacións en: Revista de derecho de la seguridad social. Laborum
Resumo
La sentencia comentada califica la visión monocular como constitutiva de incapacidad permanente total para la profesión habitual de oficial de primera de la construcción. Para llegar a esta conclusión, el Tribunal Supremo no solo toma en consideración la incidencia de la pérdida de visión en el correcto desempeño de las tareas propias de la profesión, sino que otorga una especial relevancia a la dimensión preventiva.
Referencias bibliográficas
- Arias Domínguez, A.: “Visión monocular e incapacidad permanente, no siempre parcial”, Revista de Jurisprudencia Laboral, núm. 10, 2023.
- Gala Durán, C.: “La pérdida de visión como causa de incapacidad permanente parcial: El caso de los abogados (Comentario a la STS de 4 de mayo de 2016, nº rcud. 1986/2014)”, Revista de derecho de la seguridad social. Laborum, núm. 9, 2016.
- Márquez Prieto, A., Ruiz Santamaría, J.L.: “Incapacidad Total para un Gruista con Visión Monocular. Al hilo de la STS de 23 de Diciembre de 2014”, Revista de derecho de la seguridad social. Laborum, núm. Extra 1, 2016.