Partición por el testador: redacción del testamento e interpretación de la voluntad manifestada (una perspectiva práctica a la luz de la jurisprudencia)
ISSN: 2386-4567
Ano de publicación: 2024
Número: 20
Páxinas: 766-789
Tipo: Artigo
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Resumo
No son infrecuentes los supuestos en los que el testador, con mención expresa de las facultades que le confiere el art. 1056 CC, manifiesta realizar la partición y procede a efectuar las adjudicaciones de sus bienes a los instituidos herederos. Tal partición por el testador debería producir los efectos propios de la misma, especialmente la inexistencia de comunidad hereditaria, la transmisión directa del dominio tras la aceptación, así como la inexistencia de compensaciones si el valor de los bienes adjudicados no se corresponde con la cuota, siempre sin perjuicio de las legítimas. Sin embargo, en muchas ocasiones, surgido el conflicto judicial, a la vista de las disposiciones de última voluntad la jurisprudencia niega que el testador haya realizado la partición de la herencia y califica tales disposiciones como meras normas particionales, por lo que surge la comunidad hereditaria, respetando en lo posible tales normas o instrucciones es necesario realizar la partición para que los herederos adquieran la propiedad de los bienes, y las cuotas en que han sido instituidos prevalecen sobre aquellas. Es objeto de este estudio el análisis de la mencionada jurisprudencia, así como una reflexión sobre la redacción del testamento y sus cláusulas, para que, en definitiva, se cumpla la voluntad manifestada del testador y se estime que ha hecho la partición y no recurrido a las normas particionales.
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