Comunicación y reconocimiento de la intención legislativa

  1. Joaquín Rodríguez -Toubes Muñiz 1
  1. 1 Universidade de Santiago de Compostela (España)
Revista:
Revista telemática de filosofía del derecho ( RTFD )

ISSN: 1575-7382

Ano de publicación: 2023

Número: 26

Páxinas: 157-224

Tipo: Artigo

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Resumo

La teoría jurídica discute recurrentemente qué importancia debe darse a la voluntad prescriptiva de las autoridades normativas al interpretar las disposiciones que promulgan y determinar su contenido. En particular se discute si la ley debe entenderse solo por su texto o si hay que recurrir también a otros indicios para indagar la intención real del legislador o incluso presumir la que hubiera tenido respecto del caso examinado; y si esta reconstrucción de la intención legislativa es mejor fuente del derecho que el significado aparente del propio texto legal y justifica que este sea desatendido. La tesis reconstructiva intencionalista se apoya en la poderosa intuición de que el derecho legislado es el producto intencional de autoridades normativas y su significado y contenido dependen de esa intención. Sin embargo, en los sistemas jurídicos actuales el texto legal es la vía establecida para que las autoridades comuniquen su intención y creen derecho, de manera que está justificado por razones jurídicas y prácticas tomar el texto como la fuente exclusiva y auténtica del derecho legislado. Además los significados de las emisiones se objetivan cuando están condicionados por convenciones y prácticas, como ocurre destacadamente en contextos institucionales como la legislación. Esto sitúa la responsabilidad del éxito de la comunicación normativa sobre todo en los legisladores, que deben cuidar que su intención esté bien explicada en las disposiciones que promulga, mientras que los destinatarios que las interpretan deben poder confiar en esa capacidad y presuponer que lo que dice la ley es el derecho querido por la autoridad legislativa.