Obligaciones para las entidades locales derivadas de la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de protección del informante

  1. Luís Miguez Macho
Revista:
Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: Revista técnica especializada en administración local y justicia municipal

ISSN: 0210-2161

Ano de publicación: 2023

Título do exemplar: Nuevas elecciones municipales, nuevos desafios

Número: 2

Tipo: Artigo

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Resumo

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, que ha incorporado tardíamente al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, obliga a todas las entidades locales sin excepción a dotarse de un sistema interno de información y ello, además, en un plazo de tan sólo tres meses desde su entrada en vigor, el cual se amplía hasta el 1 de diciembre de 2023 para los municipios de menos de 10.000 habitantes. Esto supone un importante reto para aquellas entidades locales que no cuentan todavía con un sistema de recepción y gestión de las comunicaciones sobre infracciones del ordenamiento jurídico que pueda efectuar su personal, por lo que este estudio intenta ofrecer algunas orientaciones sobre las principales cuestiones que suscita la implantación de aquél.