Los Lobbies¿instrumento de participación democrática o medios de corrupción?
Editorial: Tirant lo Blanch
ISBN: 978-84-1130-076-6
Año de publicación: 2023
Tipo: Libro
Resumen
Esta monografía se enmarca en el Proyecto de Investigación AEI/10.13039/501100011033, financiado por la Agencia Estatal de Investigación y cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) correspondiente al marco financiero plurianual 2014-2020. El uso de las herramientas proporcionadas por el Derecho penal y el Derecho constitucional sirve para tener un mejor conocimiento de los problemas jurídicos que plantean los lobbies, permitiendo avanzar, además, en la línea impulsada por diversas organizaciones internacionales (como el propio GRECO), que apuestan por perspectivas multidisciplinares y soluciones unitarias y prácticas a los problemas planteados por la corrupción pública. Formular una propuesta cerrada de criminalización de ciertas modalidades de lobismo no es, evidentemente, una tarea sencilla, ante todo porque representa un fenómeno sumamente complejo, con características y manifestaciones heterogéneas. De cualquier modo, discutir y determinar los principales elementos sobre los que debiera pivotar esa criminalización enlaza con otros retos que el Derecho penal de la función pública sigue teniendo ante si, a la altura de 2022 y de los que se da cuenta, también, en la presente monografía. Los trabajos incluidos en la segunda parte de este libro abordan el fenómeno desde la perspectiva propia del Derecho constitucional, y lo hacen analizando aspectos regulatorios, tanto de lege lata como de lege ferenda, relativos a la normación de la actividad de los grupos de interés ?registros, códigos de conducta, regímenes sancionadores, etc.? y de los poderes públicos ?publicación de agendas, huella normativa, conflictos de intereses, puertas giratorias, entre otras cuestiones? a partir de algunos modelos de derecho comparado, así como del derecho de la Unión Europea y del derecho autonómico, en este último caso con relación a aquellas Comunidades Autónomas que han incorporado su regulación a sus respectivos ordenamientos jurídicos, explicando y justificando, además, la conveniencia de su adopción por aquellas autonomías, así como por el Estado central, que todavía no lo han hecho.