El gobierno arzobispal de Sevilla en la Edad Moderna (siglos XVI-XVII)

  1. Pineda-Alfonso, José A.
Dirixida por:
  1. Carlos-Alberto González-Sánchez Director

Universidade de defensa: Universidad de Sevilla

Fecha de defensa: 15 de decembro de 2015

Tribunal:
  1. Ofelia Rey Castelao Presidenta
  2. José Jaime García Bernal Secretario/a
  3. María Luisa Candau Chacón Vogal
  4. Tomás Antonio Mantecón Movellán Vogal
  5. Juan José Iglesias Rodríguez Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 393921 DIALNET lock_openIdus editor

Resumo

Esta investigación se inscribe en el paradigma del disciplinamiento social, que junto con la confesionalización se han convertido en instrumentos para explicar el magno proceso por el cual se configuraron e impusieron, por parte de las instancias de poder hegemónicas, determinados modelos de conducta social en la Edad Moderna. En esta línea, este trabajo pretende describir y analizar la maquinaria de gobierno arzobispal de Sevilla en la Edad Moderna. Hemos seguido, por una parte, un criterio cronológico, con un rastreo de sus orígenes medievales, su evolución durante el siglo XVI, para desembocar en los inicios del siglo XVII, en los que, según hemos podido comprobar en la documentación consultada, aparece la maquinaria arzobispal con sus órganos y funciones al completo, tal como continuará, con ligeras reestructuraciones, el resto del siglo. En este momento se asiste a una auténtica eclosión de la documentación relativa a su funcionamiento, pues la multiplicación de los asuntos llega a su cénit. Por otra, hemos seguido un criterio temático y descriptivo, identificando y caracterizando los distintos órganos e instancias del aparato de gobierno y sus competencias, tratándolas separadamente. Un tercer criterio ha sido el topológico o territorial, y esto porque hemos percibido que la tensión centro-periferia era una constante en el funcionamiento de la organización. Esto ha supuesto distinguir entre las funciones y los oficios instalados en el lugar central del aparato, esto es, el Palacio Arzobispal, donde residía el Prelado, su Secretaría de Cámara y su Consistorio y Corte, fuente originaria de la que emanaba toda la potestad jurisdiccional, y aquellos repartidos por el territorio del arzobispado. Y como no, los oficiales y los procedimientos de inspección y visita que conectaban los lugares periféricos con el Centro político, económico y judicial. Todos estos elementos se desenvolvían en un equilibrio dinámico, pues, además de las tensiones entre los distintos focos del poder arzobispal, el centro del aparato de gobierno en Sevilla dependía de otras instancias centrales de la monarquía y del papado, como la Chancillería de Granada, el Consejo de Castilla o la Nunciatura en Madrid y la Corte Romana. Un último criterio, relacionado con el análisis del discurso que sostenía la jurisdicción y el poder arzobispal, ha sido de carácter intrepretativo, en la línea de los paradigmas metodológicos cualitativos que pretenden la descripción densa de un fenómeno o una cultura.