Uber, Airbnb y la llamada «influencia decisiva» de las plataformas digitales

  1. Ricardo Pazos Castro 1
  1. 1 Universidad Autónoma de Madrid
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    Universidad Autónoma de Madrid

    Madrid, España

    ROR https://ror.org/01cby8j38

Revista:
IDP: revista de Internet, derecho y política = revista d'Internet, dret i política

ISSN: 1699-8154

Año de publicación: 2020

Número: 31

Tipo: Artículo

DOI: 10.7238/IDP.V0I31.3224 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

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Resumen

En este artículo se analiza el criterio de la llamada «influencia decisiva»: un parámetro que determina la naturaleza de los servicios prestados por las plataformas intermediarias y sus correspondientes implicaciones jurídicas. Tales plataformas intentan generar confianza, algo esencial para que la actividad económica se desarrolle satisfactoriamente, mediante diferentes mecanismos. Entre ellos, el establecimiento de algunas de las condiciones de la prestación de los servicios subyacentes, como el transporte o el alojamiento. La influencia de una plataforma como Uber sobre el servicio de transporte ulterior ha sido calificada como «decisiva» por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Por ello, su actividad no constituye un servicio de intermediación en la sociedad de la información, sino un servicio en el ámbito de los transportes. Por el contrario, la actividad de otra plataforma como Airbnb ha sido considerada por el TJUE como un servicio de la sociedad de la información, ya que su influencia sobre el servicio de alojamiento es menor. Tras exponer todas estas cuestiones, se articula una reflexión en torno a la configuración y consecuencias del criterio de la influencia decisiva. En este sentido, presenta algunas opiniones divergentes con la jurisprudencia europea, proporcionándose algunos ejemplos de cómo el mencionado criterio afecta al derecho del trabajo y al derecho civil, y plantea varios debates: la adecuación de la influencia decisiva a la economía de las plataformas; la necesidad de revisar la regulación de los servicios subyacentes relacionados con las plataformas intermediarias, y la conveniencia de establecer una regulación específica en materia de plataformas, adaptando las normas aplicables al grado de influencia ejercido.

Información de financiación

Tanto la investigación previa como la redacción de este trabajo fueron llevadas a cabo cuando el autor era investigador posdoctoral en la Universidad de Santiago de Compostela, disfrutando de una beca del Programa de axudas á etapa posdoutoral da Xunta de Galicia (Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria). El artículo se enmarca en el Proyecto de Investigación «Soluciones jurídicas y económicas al problema inmobiliario turístico» (DER 2017-82705-R) del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad

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