Control, evaluación y consideraciones legales derivadas de la medida de la irradiancia ultravioleta en aparatos de bronceado para usos cosméticos en la Comunidad de Madrid.

  1. BAEZA MOYANO, DAVID
Dirixida por:
  1. Luis Alberto del Río Álvarez Co-director
  2. Sara Bueno Fernández Co-director

Universidade de defensa: Universidad CEU San Pablo

Fecha de defensa: 03 de xullo de 2015

Tribunal:
  1. Jeronimo Lorente Castello Presidente/a
  2. Yolanda Sola Salvatierra Secretario/a
  3. Susana Urrutia Hernando Vogal
  4. José Antonio Martínez Lozano Vogal
  5. Maria Teresa Flores-Arias Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 391310 DIALNET lock_openTESEO editor

Resumo

El uso de aparatos de rayos ultravioleta de uso estético se generalizó en los años 90. En el año 2002 entró en vigor en España el Real Decreto 1002/2002 desarrollado a partir de la norma EN 60335-2-27, por el que se regula el uso de aparatos de bronceado de rayos ultravioleta (UV) en establecimientos no sanitarios. El objetivo de este trabajo es el estudio de las máquinas emisoras de radiación ultravioleta artificial de uso estético en los establecimientos donde los usuarios reciben este servicio y comprobar si cumplen los requisitos que marcan la norma europea y el Real Decreto español. Se realizaron medidas de la irradiancia efectiva según norma EN60335-2-227 en cumplimiento del RD 1002/2002. Los equipos utilizados fueron espectrorradiómetros con doble monocromador calibrados anualmente por el CSIC y tanto el procedimiento de medida como el software analizador de los datos han sido validados en sucesivas auditorías por la ENAC (Entidad Nacional de Acreditación). Los resultados fueron obtenidos de las medidas realizadas durante los últimos cinco años en máquinas de rayos ultravioleta de uso estético en la Comunidad de Madrid. Se realiza un análisis de los datos obtenidos desde un punto de vista estadístico a nivel descriptivo y poblacional con el programa SPSS V20 y un análisis de la evolución de las medidas de irradiancia efectiva de aquellas fuentes medidas, al menos, durante cuatro años consecutivos.