El control judicial de las cláusulas abusivas existentes en los procesos de ejecución hipotecariaComentario a la sTJuE de 21 de enero de 2015 (asuntos acumulados C-482/13, C-484/13, C-485/13 y C-487/13, unicaja Banco y Caixabank)

  1. Pazos Castro, Ricardo
Revista:
La Ley Unión Europea

ISSN: 2255-551X

Ano de publicación: 2015

Número: 26

Páxinas: 55-65

Tipo: Artigo

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Resumo

En los procedimientos de ejecución en los que la cantidad por la que solicita el despacho de ejecución ha sido fi jada, el Derecho español concede al ejecutante diez días para recalcular esa suma. El nuevo cálculo debe cumplir el límite de tres veces el interés legal del dinero, fi jado para los intereses de demora en créditos hipotecarios para la adquisición de vivienda habitual garantizados con una hipoteca sobre esa vivienda. El TJuE analiza si la normativa es contraria a la Directiva sobre cláusulas abusivas.