Las penas corporales en el derecho hispánico e inglés en la Edad MediaEstudio comparado

  1. Luis Iglesias-Rábade 1
  1. 1 Universidad de Santiago de Compostela Facultad de Derecho
Revista:
Revista de estudios histórico-jurídicos

ISSN: 0716-5455

Año de publicación: 2016

Número: 38

Páginas: 123-147

Tipo: Artículo

DOI: 10.4067/S0716-54552016000100005 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

En este trabajo se aborda un estudio comparado de la tipología de penas corporales en el Derecho español e inglés en la Alta y Baja Edad Media. Se pretende identificar las diferencias y similitudes en las fórmulas de sanción corporal. Las diferencias son más notables en la Alto Medievo, en tanto que la legislación visigoda, contenida esencialmente en Liber, sanciona la mayoría de los delitos perpetrados por los reos de condición servil con penas corporales y por el sistema de composición para los transgresores de condición noble, mientras que la ley penal anglo-sajona, construida en torno a los vínculos hieráticos de la tribu, se configura en torno a la exclusión social (outlawry) y la venganza de sangre (blood-feud). El sistema punitivo regio anglo-sajón, más homogéneo en el Bajo Medievo, se articula en todos los territorios en base a una simple calificación del delito: reparable (delito menor) sancionado por el sistema de composición e irreparable (felonía y traición) castigado con pena corporal de “miembro y vida”. En cambio, en los territorios hispánicos, las penas corporales se dictan para delitos de imprecisa calificación y, además, cada delito tiene, generalmente, su propia sanción penal en cada ordenamiento territorial.

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