Blanqueo de capitales y secreto bancario

  1. españa alba, victor
Dirixida por:
  1. María de los Ángeles Cuadrado Ruiz Director

Universidade de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 28 de xuño de 2016

Tribunal:
  1. Eduardo Demetrio Crespo Presidente/a
  2. Juan Miguel del Cid Gómez Secretario/a
  3. Diego José Gómez Iniesta Vogal
  4. Jesús Martínez Ruiz Vogal
  5. Miguel Abel Souto Vogal

Tipo: Tese

Resumo

La globalización financiera que trajo la desregularización y liberalización del mercado, ha supuesto la pérdida de poder del Estado-Nación tal y como lo conocíamos. Una masa creciente de capitales que navegan por el ciberespacio dando rendimientos sin necesidad de intervención estatal. A su vez existe una forma de capital financiero que proporciona rentas astronómicas, al margen del control del Estado, los mercados financieros se desarrollan a una velocidad y en unas magnitudes que los sitúan totalmente al margen del control de los gobiernos e instituciones internacionales. Todo ello permite al capital una mayor libertad para atravesar fronteras día y noche. Este desarrollo económico unido a los avances tecnológicos y a los mercados financieros virtuales, han traído consigo no solo un aumento considerable en la calidad de vida de algunos ciudadanos en cuanto a lo cultural tecnológico y financiero, sino también un auge desmesurado de la criminalidad organizada que, a mi entender, se presenta pues como un rasgo unido al rápido desarrollo de la sociedad. El blanqueo de capitales se ha convertido hoy por hoy en el delito estrella de la comunidad internacional. Los esfuerzos para luchar contra este fenómeno delictivo se han intensificado en la última década, tanto a nivel nacional, supranacional como internacional. La reforma del Código Penal llevada a cabo por la LO 5/2010 supuso un antes y un después en esta figura delictiva, ya que afectó de forma particularmente intensa a los preceptos contenidos en el Título XIII, dedicado a los “Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico”, y entre ellos al delito de blanqueo de capitales. Los entramados de ingeniería fiscal cobijados por estos mini estados ponen en cuestión las técnicas de los grandes conglomerados transnacionales que evitan a cualquier precio pagar impuestos y que muy bien lo consiguen gracias a la elusión fiscal, que si bien no es delito, estimo que debería serlo. Es en este contexto los paraísos fiscales, piedra angular del blanqueo de capitales, pues sin él las cantidades de dinero procedente de la delincuencia transnacional tendrían más dificultad de movimiento entre los muy y muchos paraísos fiscales. Que no serían lo que son sin su muy preciado secreto bancario. El secreto bancario desde su origen, resulta de vital importancia en esta esfera fiscal. Preocupa y mucho en la economía internacional siendo objeto de muchos debates, incluso en la actualidad. El punto que más controversia suscita es, no tanto lo que protege sino lo que por su medio se facilita: no solo la elusión y la evasión de impuestos, sino también el blanqueo de capitales y otros delitos que se realizan por medio del sistema bancario nacional e internacional. El resultado es más presiones, para que los países limiten la confidencialidad bancaria y se produzcan reformas legislativas. No obstante, aún es insuficiente para que el mismo instaurado en algunos lugares como derecho constitucional para que sirva de base territorial a los paraísos fiscales, refugio para el dinero procedente del delito.