Contrato de serviciosperspectiva jurídica actual

  1. Trigo García, María Belén
Supervised by:
  1. José Manuel Lete del Río Director

Defence university: Universidade de Santiago de Compostela

Year of defence: 1998

Committee:
  1. Xavier O'Callaghan Muñoz Chair
  2. Antonio Ortí Vallejo Secretary
  3. Carlos Martínez de Aguirre Aldaz Committee member
  4. Silvia Díaz Alabart Committee member
  5. Miguel Ángel Pérez Álvarez Committee member

Type: Thesis

Teseo: 70024 DIALNET

Abstract

La importancia del contrato de servicios en el tráfico jurídico no se corresponde con su tratamiento legal. En efecto, los preceptos que el Código civil le dedica (arts. 1583-1587) son claramente insuficientes y demasiado apegados a la tradición. La finalidad de la memoria de investigación es, entonces, perfilar los contornos de la figura contractual en su configuración moderna, tomando en consideración las nuevas tendencias legislativas, especialmente en materia de protección de los consumidores, los criterios jurisprudenciales y las orientaciones presentes en el Derecho comparado. Como primer paso se ha hecho un seguimiento de la evolución del contrato de servicios, desde sus orígenes en el Derecho romano, hasta su recepción en el Código civil. Este estudio histórico permite establecer el contraste con la realidad actual e identificar los rasgos definitorios originarios que deben mantenerse y cuáles han de entenderse superados. Por lo que se refiere a la normativa codificada, su análisis hace posible constatar las lagunas de la regulación positiva del contrato de servicios y apuntar criterios para su modificación. A este respecto se ha tenido en cuenta, pese a su abandono, el Proyecto de Ley por la que se modificaba la regulación del Código civil sobre los contratos de servicios y de obra de 12 de abril de 1994. La última parte de la tesis doctoral se centra en la relación entre contrato de servicios y otros contratos afines, es decir, contratos de prestación de servicios en sentido amplio; concretamente, se han tomado como referencia el contrato de obra, el de mandato y el de sociedad.